- El Gobierno envió al Congreso una propuesta que profundiza la ley de Inocencia Fiscal vigente.
- Se eliminan los límites patrimoniales y de ingresos que restringían el acceso al régimen impositivo simplificado.
- Las empresas y contribuyentes verán atenuadas las sanciones y una mayor protección frente a cuestionamientos del fisco.
Qué pasó
El Gobierno nacional presentó ante el Congreso el proyecto denominado Inocencia Fiscal II, una iniciativa que busca profundizar las reformas impositivas implementadas a principios de este año. La propuesta, que recibió media sanción en la Cámara de Diputados el pasado 27 de agosto, introduce cambios clave en el Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias, diseñado originalmente para personas humanas y sucesiones indivisas, pero con alcances que impactan en la gestión de diversos contribuyentes.
La medida, defendida por el ministro de Economía Luis Caputo, no representa un nuevo blanqueo de capitales, sino una reconfiguración técnica de las normas de control fiscal. El proyecto establece que la ARCA ya no podrá cuestionar el origen de los fondos declarados en ejercicios anteriores, siempre que se cumplan las nuevas pautas de formalización, buscando así dotar de mayor seguridad jurídica a los contribuyentes que operan con sus ahorros dentro del sistema bancario nacional.
Por qué importa
Esta reforma es relevante para las pequeñas y medianas empresas porque altera la forma en que el fisco interactúa con los contribuyentes. Al suprimir los topes de patrimonio de 10.000 millones de pesos y los ingresos de 1.000 millones de pesos, la propuesta permite que un universo más amplio de actores acceda a condiciones que anteriormente estaban reservadas solo para perfiles específicos, reduciendo significativamente la burocracia para regularizar situaciones ante los organismos de control estatal.
El éxito de la convocatoria previa al esquema simplificado de 2025 demuestra la demanda de los contribuyentes por esquemas de transparencia con menores presiones sancionatorias. Con más de 330.000 personas adheridas a la versión anterior, la nueva etapa busca consolidar esta tendencia mediante la simplificación de los criterios de discrepancia significativa que suelen gatillar las inspecciones de oficio.
Cómo te impacta
Para tu empresa, el cambio principal reside en la mayor previsibilidad. Al flexibilizarse la interpretación de las discrepancias entre lo declarado y lo detectado, el riesgo de enfrentar inspecciones impositivas se atenúa. Asimismo, el hecho de que los pagos en efectivo realizados para operaciones inmobiliarias se vuelvan compatibles con el régimen brinda una mayor claridad en el manejo de activos personales y comerciales que, hasta ahora, generaban incertidumbre contable ante el ente recaudador.
El desarrollo
El origen de este camino normativo se remonta al 2 de enero de 2026, cuando entró en vigencia la Ley 27.799 de Inocencia Fiscal. Esa norma original incorporó el régimen simplificado de Ganancias como una opción para facilitar la formalización. Ahora, el proyecto II busca eliminar la restricción que impedía el ingreso a quienes estuvieran categorizados como Grandes Contribuyentes Nacionales, equiparando, en ciertos aspectos técnicos, la carga y las exigencias de transparencia entre distintos actores del mercado interno.
El espíritu de la ley no cambia en absolutamente nada. El objetivo sigue siendo que esos ahorros puedan ser formalizados en el sistema bancario sin ninguna penalidad de ningún tipo.
Luis Caputo, ministro de Economía
Además de la flexibilización de los criterios de discrepancia, el proyecto de ley pone énfasis en la seguridad jurídica frente a la autoridad tributaria. Los especialistas que participaron en las consultas legislativas destacaron que el enfoque del Gobierno apunta a que el contribuyente no sienta que la formalización es un camino de ida hacia el conflicto con ARCA, sino una herramienta de saneamiento. La letra chica asegura que las operaciones de escrituración son compatibles con el esquema vigente.
- Eliminación total de topes patrimoniales de 10.000 millones de pesos.
- Acceso ampliado a contribuyentes que anteriormente eran Grandes Contribuyentes Nacionales.
- Inclusión expresa de operaciones en efectivo para escrituras públicas.
- Reducción de la facultad del fisco para cuestionar fondos de ejercicios previos.
Redacción Negocios en Vivo · Equipo editorial
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