- Un interesado entregó una seña de 5.000 dólares para comprar una propiedad en un barrio cerrado.
- La operación se frustró porque el dueño original vendió el inmueble a un tercero sin previo aviso.
- La justicia condenó a la inmobiliaria a devolver el dinero al considerar que incumplió su deber de custodia.
Qué pasó
Una inmobiliaria de la zona norte del Gran Buenos Aires fue condenada a restituir una seña de 5.000 dólares entregada en el marco de una reserva inmobiliaria. El conflicto se originó en abril de 2018, cuando un interesado intentó adquirir una propiedad valuada en 224.000 dólares. A pesar de que el dinero fue transferido al dueño, la compraventa no pudo concretarse debido a que el vendedor decidió transferir el inmueble a una tercera persona.
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de San Martín ratificó la sentencia contra la inmobiliaria. Según el tribunal, la firma actuó de forma negligente al no conservar el dinero en su poder hasta tanto la aceptación de la propuesta de venta fuera comunicada de manera fehaciente al comprador. La justicia ordenó que el reintegro de los fondos debía realizarse en un plazo máximo de siete días posteriores a la frustración de la operación.
Por qué importa
Este precedente refuerza la protección de los consumidores frente a irregularidades en el proceso de compraventa. La actuación de las inmobiliarias no es solo la de un intermediario, sino la de un agente con obligaciones de control sobre los fondos depositados. En situaciones donde el vendedor incumple, la firma inmobiliaria que participó en el proceso debe responder si no pudo demostrar que actuó correctamente para asegurar que la oferta de compra fue formalmente aceptada por el dueño.
Cómo te impacta
Cuando entregás una seña por una casa, tu dinero queda bajo la custodia de un tercero que tiene la obligación de proteger tu capital. Si la operación se cae por culpa del vendedor, el fallo aclara que la inmobiliaria no puede desligarse de su responsabilidad sobre los fondos que recibiste. Esto te da una mayor seguridad jurídica al momento de realizar una entrega inicial, ya que la intermediaria es ahora responsable directa de la devolución si el vendedor no cumple con su parte del trato.
El desarrollo
El Código Civil y Comercial de la Nación establece que la entrega de una seña es una forma habitual de demostrar el interés real en una compra. Esta figura puede tener distintas interpretaciones según cómo esté redactado el contrato, pudiendo ser confirmatoria —para sellar el acuerdo— o penitencial, que permite a las partes arrepentirse perdiendo la seña o entregándola doblada. En este caso judicial de San Martín, la justicia priorizó el incumplimiento contractual del vendedor y la falta de resguardo de la firma.
Los casos de frustración de operaciones inmobiliarias han llevado a diversos fallos judiciales en años recientes. Mientras que en procesos complejos la justicia ha ordenado indemnizaciones basadas en el valor actual de los inmuebles, este fallo en particular se enfocó en la restitución directa de los 5.000 dólares. El tribunal de San Martín marcó que la inmobiliaria tenía el control del proceso y, por lo tanto, no podía eludir la responsabilidad por la pérdida del dinero del demandante.
Es fundamental que, al momento de firmar una reserva, el comprador tenga presente que el documento debe reflejar claramente las condiciones de la operación. La falta de comunicación efectiva entre las partes es el principal punto donde las inmobiliarias fallan y quedan expuestas a litigios. Este precedente judicial obliga a las agencias a ser más cautelosas al manejar el dinero de sus clientes, garantizando que todo movimiento esté documentado y respaldado para evitar que los ahorros se esfumen en una venta mal gestionada.
Redacción Negocios en Vivo · Equipo editorial
Cubrimos economía, negocios y política con foco en la decisión concreta que tiene que tomar una empresa esta semana.

